Contrapunto
Entre Justicia y Ley:
Reflexión
Actual Sobre un Problema Secular
Por: Alberto
Luzárraga
Eterno tema, siempre de suma importancia porque atañe a si el gobierno
funciona en beneficio o perjuicio de los gobernados.
Hoy en día el problema es particularmente complicado. ¿Razón? Torrente de información, sequía de
conceptos.
Nada mejor para ilustrar el tema que una cita de San Agustín (354 a 430 D.C.):
“Sin la virtud de la justicia, ¿qué son los reinos sino unos execrables latrocinios? Y éstos, ¿qué son sino unos reducidos reinos? Estos (latrocinios) son ciertamente una junta de hombres gobernada por su príncipe la que está unida entre sí con pacto de sociedad, distribuyendo el botín y las conquistas conforme a las leyes y condiciones que mutuamente establecieron.
Esta sociedad, digo, cuando
llega a crecer con el concurso de gentes abandonadas, de modo que tenga ya
lugares, funde poblaciones fuertes, y magnificas, ocupe ciudades y sojuzgue
pueblos, toma otro nombre más ilustre llamándose reino.
Y por eso con mucha gracia y verdad respondió un corsario, siendo preso, a Alejandro Magno, preguntándole este rey qué le parecía cómo tenía inquieto y turbado el mar, con arrogante libertad le dijo: Y ¿qué te parece a ti cómo tienes conmovido y turbado todo el mundo? Mas porque yo ejecuto mis piraterías con un pequeño bajel me llaman ladrón, y a ti, porque las haces con formidables ejércitos, te llaman rey”. (San Agustín, La Ciudad de Dios, Tomo I, Libro Cuarto, capítulo IV, Poblet, Buenos Aires, 1945, p.218)
El pirata explicó claramente que existen dos clases de gobiernos y leyes: Los destinados al bien común de la sociedad y los que existen para beneficiar a un grupo a expensas de los demás.
La ley para serlo ha de ser
justa.
Otro gran pensador, Santo Tomas de Aquino definió la ley así: Una ordenación de la razón emitida para el bien común por una autoridad legítimamente constituida.
Si falta una de estas tres
notas en puridad no es ley aunque así se la llame y la autoridad exija su
cumplimiento mediante el poder coercitivo del estado.
Una ley absurda y caprichosa no es ley porque atenta contra la razón, una ley emitida por un tirano no es ley, es un decreto para distribuir el botín, o asegurar la continuidad de la asociación criminal, y una ley que perjudique a la sociedad y sus fines legítimos para satisfacer caprichos particulares, no es ley es decreto para captar botín o incrementar el poder.
Esta última categoría de ley injusta es la más común y difícil de
calificar en una sociedad que supuestamente se rija por el estado de derecho
pues usualmente la dicta un congreso para ganar adeptos, votos y fondos. Cuando
se legisla para satisfacer caprichos o intereses particulares es preciso
disfrazar el entuerto y la excusa usual es el servicio al bien común.
Excusa fácil de rebatir porque usualmente existe un abismo visible
entre el bien común y el particular. Ejemplo: Queda Ud. obligado a ponerle un
cinturón de seguridad a su perro. El hecho de que ello se base en un incidente
aislado en un choque no importa, se ganan algunos votos y fondos, y lo
principal: Se potencia a la burocracia controladora y se aumenta el
condicionamiento sobre la población.
Los aspirantes a crear nuevas tiranías entienden perfectamente que
primero viene el condicionamiento psicológico. Las leyes caprichosas son
excelentes balones de ensayo. Se dicen: Cuando proliferen serán norma de
conducta social; cuando haya que reprimir serán pocos los rebeldes y los
presentaremos como tipos antisociales que lo merecen.
Las consecuencias sociales de estas leyes particulares nunca se ponderan pues no conviene hacerlo. Y así se va prostituyendo poco a poco a la sociedad y sumiéndola en la confusión al no poder distinguir entre lo esencial y lo accidental.
Ejemplo: Un animal no es persona y sujeto de derecho pero se le trata
como tal. Un concebido y no nacido es desechable y torturable con solución
salina abortiva. Es correcto no ser cruel con los animales, pero bajo el
régimen de condicionamiento no conviene hacer distinciones. Se abruma al
ciudadano que tiene poco tiempo para pensar con el torrente de información y
queda desvalido intelectualmente.
En una sociedad compleja y moderna es indispensable proteger la vida,
el primer derecho humano, y los derechos básicos que garanticen la libertad,
como por ejemplo la libertad de expresión, de reunión, presunción de inocencia,
et. al.
Es vital no confundir los derechos esenciales para vivir en sociedad
con las preferencias de un grupo dentro de la sociedad.
Las preferencias particulares, en justicia, no obligan al resto ni deben ser impuestas en contra de costumbres enraizadas y probadas a través de los siglos.
En los casos más egregios se intenta justificar el abuso dándole categoría de ‘derecho humano’. P
ero resulta que nunca se debate a fondo y se define que cosa es un
derecho humano. (Tema de otro artículo)
Un límite razonable a los derechos de cada ciudadano es el daño que
pueda causar la proliferación descontrolada de preferencias de vida o de
conducta, elevadas arbitraria y falazmente a 'derechos humanos'. Simplemente se
abusa del concepto y se anuncia la etiqueta a un público condicionado a
considerar esas dos palabras como revelación sagrada.
El resultado es una carrera de obstáculos, majaderías y confusión donde cada cual quiere imponer su parecer.
Divide y controlarás.
Por otra parte a veces se explota la mala conciencia que ansía la aprobación de una conducta mediante una ley, que no es sino decreto comprado.
Si se medita un tanto es fácil
identificar y distinguir.
Pero primero, no dejarse impresionar por nada, rechazar slogans supuestamente aceptados por todos y usar el sentido común. Un irónico dijo que era el menos común de los sentidos. No es cierto, todos lo tenemos aunque no es común el usarlo con la frecuencia debida.
¡Cuidado! Si vivimos en una sociedad libre y queremos conservar la libertad este ejercicio es indispensable como también lo es el oponerse cívica y pacíficamente a las leyes injustas.