CUBA: ¿EXISTE LA LIBERTAD RELIGIOSA?
Por: Alberto Luzárraga
La Constitución cubana del.1976, y su modificación de 1992 declaran
sin ambages que se garantiza la libertad religiosa al ciudadano. Sin embargo, dicha declaración es retórica y
no efectiva, según se desprende del propio texto constitucional y de la
legislación complementaria, en particular, la legislación penal.
Examinemos el caso: El artículo
8 de la Constitución vigente declara:
" El Estado reconoce, respeta y garantiza la libertad religiosa. En la República de Cuba, las instituciones
religiosas están separadas del Estado.
Las distintas creencias y religiones gozan de igual consideración"
Sin embargo, el artículo 39 de la propia Constitución que trata de la
educación, en su preámbulo expresa lo siguiente: "El Estado orienta...la educación......y
en sus incisos a) y b) declara: [El Estado] fundamenta su política
educacional y cultural en......el ideario marxista, y continúa.........la enseñanza es función
del Estado........
El propio artículo en su inciso c) declara que el Estado Cubano
"en su política educativa y cultural se atiene a los postulados
siguientes:.... promover la educación patriótica y la formación comunista de
las nuevas generaciones y la preparación de los niños jóvenes y adultos para la
vida social."
Sigamos el análisis. El
artículo 38 se refiere a los deberes de los padres respecto a los hijos entre
los cuales está el de "contribuir
activamente a su educación y formación integral como ciudadanos útiles y
preparados activamente para la vida en
la sociedad socialista"
Pero la Constitución actual no puede escapar el modelo Stalinista que la inspiró, y no contenta con
"encauzar" las libertades a su conveniencia, prontamente contradice
el art. 8 antes citado. Así, en el artículo
62 declara que "ninguna de las libertades reconocidas a los ciudadanos
puede ser ejercida......contra la existencia ni fines del Estado socialista, ni
contra la decisión del pueblo cubano de construir el socialismo y el comunismo. La infracción de este precepto es
punible"
Siguiendo su sistema de otorgar una libertad en un artículo y negarla
en otro el art. 54.3 dice lo que sigue: "es ilegal y punible oponer la fe
o la creencia religiosa a la Revolución, a la educación o al cumplimiento de
los deberes de trabajar, defender la patria con las armas, reverenciar sus
símbolos y los demás deberes establecidos por la Constitución"
Lo anterior explica la razón de que exista el artículo 206 del Código
Penal cubano, que configura el novedoso delito de "abuso de la libertad
religiosa." Este delito se
configura, por "oponer la convicción religiosa a los objetivos de la
educación" y conlleva una sanción de privación de libertad de tres meses a
un año. Asimismo el artículo 208 castiga
con pena de 3 meses a un año toda asociación ilícita. Cualquier asociación que no haya recibido un
permiso previo es ilícita.
Queda pues en claro, que las personas religiosas en Cuba viven con la
espada de Damocles sobre su cabeza. Si
pretenden educar a sus hijos en principios diferentes a los del comunismo,
delinquen....y si se reúnen simplemente para orar en sus domicilios, o se
organizan en cualquier forma, también delinquen, a no ser que soliciten permiso
previo lo cual además de complicado no se concede.
¿Quiénes pueden ejercer
libremente su religión bajo tales condiciones?
La respuesta es obvia: aquéllos que estén dispuestos a aceptar los
riesgos y consecuencias, porque en Cuba no hay forma de hacer declarar
inconstitucional ninguna ley, ya que los tribunales no tienen esa
potestad, y, además, están subordinados
a la Asamblea del Poder Popular; todo según el modelo socialista de
concentración del Poder y rechazo al control Judicial de las leyes. Es más, como apuntamos, la Constitución misma
declara enfáticamente que cualquier desvío de la ortodoxia marxista es punible
y que las libertades no pueden ejercerse contra los fines del Estado
socialista.
Lo cierto es, que en Cuba existe una religión estatal y obligatoria:
el marxismo. Las otras son toleradas
circunstancialmente cuando así conviene al Estado. Lo demás, es pura propaganda para el público
no informado.