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COMISION CUBANA
DE DERECHOS HUMANOS Y RECONCILIACION NACIONAL
La Habana 11 de mayo de 2004
1.A partir de informes de fuentes familiares
y de testimonios de prisioneros y ex-prisioneros, nuestra Comisión ha
confeccionado sendos mapas que permiten tener una idea de la evolución del
sistema carcelario en Cuba durante los últimos cincuenta años.
2.El Gobierno de Cuba posee la información
exacta acerca del total de personas actualmente encarceladas en nuestro
país y el número de prisiones y otros centros de internamiento existentes pero,
lamentablemente, hasta ahora se ha resistido a ofrecer cualquier clase de
información oficial verificable sobre tales aspectos tanto a la opinión pública
como a las organizaciones humanitarias.
3.A falta de esa información, nos vemos
obligados a ofrecer esta visión no gubernamental que, dado el carácter cerrado
de la forma totalitaria de estado existente en Cuba, no puede tener la
exactitud absoluta que pudiera atribuirse a las informaciones oficiales
verificables y abiertas al escrutinio nacional e internacional.
4.No ocultamos nuestra esperanza de que el
Gobierno de Cuba comprenda que es necesario transparentar, de manera urgente,
todo lo relacionado con el sistema carcelario y la población penal y aceptar la
cooperación a ese respecto de la Cruz Roja Internacional, de organismos
especializados de la ONU y de otras organizaciones humanitarias.
5.Resulta preocupante que el
desproporcionado sistema de prisiones y otros centros de internamiento penal en
Cuba es el único en todo el Hemisferio Occidental que se mantiene al margen de
cualquier forma independiente de escrutinio nacional o internacional,
incluyendo los medios de prensa, las iglesias y otras instituciones y
entidades no gubernamentales.
6.El Gobierno de Cuba está en plena
capacidad de ofrecer una información oficial verificable que permitiría
desechar este reporte no gubernamental que, por demás, no tiene un 100% de
exactitud pero que pudiera presentar márgenes aceptables de error de (+-) 20 en
cuanto al total de prisiones y otros centros de internamiento (que
exceden el número de 200 en la actualidad) y de (+-) 10000 en cuanto en 1958
existía solamente al total de personas encarceladas en Cuba en este momento,
cuya cota superior estimamos que es del orden de los 100 000 reclusos. En
cualquier caso, inferimos que la cifra real estimada correspondiente al total
de encarcelados estaría, por lo menos, entre el 0,7% y el 0,9% de la población
total del país, que es de unos once millones de personas en números redondos.
PERIODO REPUBLICANO (1902-1958)
7. Durante todo el período republicano Cuba
tenía uno de los índices comparativamente más bajos de criminalidad y población
penal en toda América Latina.
En 1958 existían catorce prisiones y cárceles, de
las cuales solamente una podía calificarse de alta seguridad y máximo
rigor: el Presidio Modelo de Isla de Pinos. (ver mapa y
anexo 1)
8. Según informes aportados por Jesús Yánez Pelletier, quien fuera teniente del ejército y supervisor
militar de la Prisión de Boniato, a principios de 1956 la población penal de
Cuba no llegaba a los 4000 reclusos, es decir, alrededor del 0,06% del total de
habitantes. Resulta obvio que todos los cubanos encarcelados en esa fecha
podían ser alojados holgadamente en la prisión habanera Combinado del Este.
ESTRUCTURA COMPARATIVA DEL
SISTEMA CARCELARIO.
9. Como puede apreciarse en los mapas, en
1958 existía como hemos seña1ado, só1amente una prisión de alta seguridad y mayor
rigor y otras trece cárceles de menor rigor en las que reinaba el más amplio
acceso para familiares, ahogados, religiosos, periodistas, amigos y
representantes de las más diversas instituciones de la sociedad civil. Al
momento de presentar este informe podemos decir que hemos registrado por 10
menos 45 prisiones de alta seguridad y mayor rigor.
10. En 1958 existía solamente una prisión de
mujeres para todo el país radicada en Guanajay, que a
principios de 1956, según datos de Yánez Pelletier,
alojaba entre 150 y 300 reclusas. En la actualidad existen por lo menos una
decena de prisiones y centros de internamiento para mujeres, sin contar otra
decena de centros análogos para jóvenes mujeres acusadas de prostitución pero
internadas bajo los términos del Título XI del Código
Penal que define "El estado peligroso y las medidas de seguridad",
comúnmente llamado "peligrosidad".
11. Centenares y centenares de jóvenes mujeres
encarceladas bajo dicho título son completamente inocentes, toda vez que
no han cometido delito alguno sino que los órganos represivos les atribuye
"una especial proclividad (...) para cometer delitos, (...) en contradicción
manifiesta con las normas de la moral socialista" (Cfr.
Código Penal, Ley No. 62, Título XI)
12. Ante esta manifiesta arbitrariedad, cabe
esperar que las autoridades cubanas pongan en libertad inmediata a todos los
ciudadanos internados bajo dicho titulo, incluyendo a centenares de hombres que
están en las prisiones bajo las mismas medidas "pre-delictivas".
13. Estimamos que hay entre 2000 y 3000
mujeres encarceladas, lo cual pudiera colocar al Gobierno de Cuba en uno de los
primeros lugares mundiales, en cifras relativas, por la cantidad de reclusas.
14. En 1958, y todavía en los primeros dos
años del actual gobierno, existía solamente un reformatorio para menores de 18
años. Al presente hay entre ocho y diez unidades de internamiento para menores
de 16 años. Aquí hay que aclarar que desde hace más de dos décadas se
estableció la responsabilidad penal al arribar a esta última edad.
15. A partir de las referencias que hemos
reunido durante los últimos años podemos inferir que el Gobierno de Cuba debe
ocupar, también, uno de los primeros lugares mundiales, o tal vez el primero,
por la cantidad de niños y adolescentes en edad escolar internados en centros
correccionales por cada cien mil habitantes. Sobre este tema también es
imposible presentar cifras o índices exactos debido a que, como expusimos
anteriormente, el Gobierno de Cuba no facilita ninguna información estadística
en materia penitenciaria, incluyendo los centros correccionales para menores de
16 años.
LAS PRISIONES DE ALTA
SEGURIDAD O MAYOR RIGOR Y OTROS CENTROS
16. Las prisiones de alta seguridad o mayor
rigor constituyen la columna vertebral del sistema penitenciario cubano
y son las componentes que le caracterizan debido a su relativa estabilidad toda
vez que los correccionales, asentamientos y otros centros análogos de
internamiento están sujetos a cambios constantes ya sea por cierres, fusiones o
aperturas de nuevos alojamientos o facilidades para que los reclusos trabajen
en actividades agropecuarias, de la construcción u otras faenas.
17. Estas prisiones de alta seguridad se
diferencian de los centros correccionales, campamentos o asentamientos por el
hecho de que su diseño es mucho más cerrado y están dotadas de celdas y/o
galeras enrejadas y de alambradas perimetrales simples o dobles con torres o
postas de vigilancia. En estas prisiones de alta seguridad las guarniciones
militares están dotadas de fusiles-ametralladores y otras armas y los
guardianes tienen orden de "tirar a matar" en caso de cualquier
intento de evasión.
18. Los correccionales, campamentos o
asentamientos, aparte de ser la componente más desconcertante del sistema
carcelario debido a su propia dinámica, disponen, por lo general, de
guarniciones medianas o pequeñas cuyos integrantes utilizan armas cortas, salvo
algunas excepciones, y a veces hay solamente un militar o varios a cargo de la
custodia de los reclusos.
19. Las prisiones de mayor seguridad pueden
tener centenares o miles de reclusos mientras que los centros correccionales,
campamentos o asentamientos pueden tener desde menos de veinte hasta centenares
de internos.
20. Existe un número indeterminado, que puede
ser del orden de las veintenas, de enfermos de VIH-SIDA que cometieron
presuntos o reales delitos comunes después de estar infectados o que se auto
inocularon el virus o que lo contrajeron estando en prisión quienes se
encuentran en áreas de aislamiento en varias prisiones de alta seguridad.
Aparte del Sanatorio Central para enfermos de VIH-SIDA de Los Cocos, en las
afueras de La Habana, existen otras instalaciones análogas en varias regiones
del país pero ninguna de ellas tiene carácter penal.
21. Como parte de la gran variedad de
modalidades de internamiento penal o policial que caracterizan al sistema
cubano, no podemos dejar de mencionar la existencia de al menos catorce centros
de detención prolongada del tipo Villa Marista (cuartel capitalino de la
policía política secreta) que están subordinados a la Dirección de Instrucción
Penal del Ministerio del Interior. (ver Anexo III)
PRESOS DE CONCIENCIA
22. El total de prisioneros por motivos
políticos identificados sigue siendo del orden de los tres centenares. Entre
ellos hay más de cien presos de conciencia, conocidos también como presos de
opinión, de los cuales Amnistía Internacional ha adoptado a ochenta y ocho
hasta este momento. Esta cifra mantiene a Cuba en el primer lugar mundial por
la cantidad de prisioneros de opinión. El Gobierno de Cuba debe excarcelar de
inmediato a los presos de conciencia y demás presos políticos antes de que la
salud física y mental de todos ellos se deteriore aún más. El hecho de
confinarles a centenares de kilómetros (a veces mil Kms)
de sus hogares consideramos que es una expresión de crueldad deliberada
desde el poder absoluto del Estado de la cual son víctimas centenares de
familiares completamente inocentes que deben experimentar verdaderas odiseas
para visitar a sus seres queridos debido a que el transporte público
interprovincial está virtualmente colapsado.
|
CONDICIONES CARCELARIAS y REGLAS MINIMAS DE LA ONU.
23. Pudieran escribirse centenares de páginas
con referencia a las condiciones de internamiento carcelario en Cuba. Pero en
pocas palabras, puede decirse que la mayoría de los reclusos languidecen bajo
circunstancias infrahumanas debido a las pésimas condiciones higiénico-sanitarias,
no tienen acceso a agua verdaderamente potable, la alimentación es insuficiente
y se ofrece sin la higiene apropiada, la atención médica y estomatológica es
muy pobre e inquietante la carencia de medicinas, los prisioneros están expuestos
a toda clase de plagas de insectos y ratas, no reciben ropas de cama, toallas,
medios de limpieza ni productos desinfectantes, muchas veces sufren de
hacinamiento y generalmente duermen sobre colchonetas rústicas que son
rellenadas con desperdicios.
24. Altos dignatarios civiles y militares del
Gobierno de Cuba han proclamado que éste respeta todas las Reglas
Mínimas de la ONU para el Tratamiento a Reclusos. Los activistas de derechos
civiles decimos que tales Reglas no son respetadas a cabalidad, sin olvidar que
las mismas fueron establecidas hace alrededor de medio siglo y luego se han
adoptado otras normativas en materia penal.
La única manera de saber de
qué lado está la verdad es que el Gobierno de Cuba permita el acceso a
nuestro país de la Cruz Roja Internacional, de expertos de la ONU y de otras
organizaciones internacionales especializadas para que visiten las prisiones y
entrevisten libremente a los prisioneros.
CAUSA
ESENCIAL DEL FENOMENO DE LA HIPERTROFIA CARCELARIA
25. Estaría fuera de discusión que el actual
Gobierno de Cuba (que lleva más de 45 años ejerciendo el poder) ha emprendido
numerosos programas para la construcción de centenares de escuelas,
instalaciones de salud y deportivas, miles de viviendas y muchas otras obras de
gran importancia para el fomento agrícola, industrial, social e
infraestructural de la república, pero también está fuera de discusión que,
durante décadas, ha erigido y operado un desproporcionado sistema carcelario.
26. El Gobierno de Cuba ha alegado durante
décadas que este hecho y otras dificultades que sufre la población cubana
tienen que ver con la hostilidad manifiesta del Gobierno de los Estados Unidos
y las dificultades sociales derivadas de la política de sanciones económicas
unilaterales de Washington embargo-bloqueo), un factor que no puede ignorarse a
la hora de hacer un análisis objetivo del fenómeno penitenciario o de diversas
dimensiones de la realidad cubana durante las últimas cuatro décadas.
|
27. Más allá de la anterior valoración, nuestra
Comisión considera que el tamaño desproporcionado del sistema carcelario en
Cuba, así como las conocidas transgresiones de los derechos civiles,
políticos y económicos de la mayoría de los ciudadanos cubanos no se debe a una
presunta insensibilidad o intencionalidad negativa por parte del gobierno sino
a la naturaleza intrínsecamente represiva, carcelaria y violatoria de los
derechos civiles, políticos y económicos del ciudadano que caracteriza a los
modelos totalitarios de tipo neo-estalinista (la historia reciente de
ciertos países de Europa Central y Oriental así lo confirma). Es por ello que,
mientras el gobierno continúe posponiendo o rechazando la necesidad de
emprender o propiciar transformaciones o reformas modernizadoras, aún con la gradualidad que permitan las circunstancias, especialmente
en el sistema de leyes, seguirá necesitando una inquietante e hipertrofiada
maquinaria represiva cuyos principales engranajes o molinos en serie, que
sugieren la idea de un tandem de moler caña de
azúcar, están representados por los cuerpos policiales, las fiscalías, los
tribunales y las prisiones, maquinaria que tiene que ver con buena parte de las
violaciones de derechos civiles y políticos.
Como un ejemplo, entre muchos mencionables, y a propósito de esta valoración,
consideramos que seria muy beneficioso para la República que se adoptase una Ley
del Sistema Penitenciario inspirada en los principios y normas
internacionales para esta esfera.
28. El Gobierno de Cuba ha estado insistiendo
en años recientes, y al más alto nivel, en el hecho completamente cierto de que
las prisiones son "escuelas de delincuencia". Esta aseveración
permite apreciar que existe una conciencia en el alto liderazgo gubernamental
acerca de las consecuencias extremadamente negativas para la sociedad que se
derivan de la existencia de una población carcelaria tan desproporcionada.
COMISION CUBANA DE DERECHOS HUMANOS Y RECONCILIACION NACIONAL
ANEXO 1
CUBA: Lista de Prisiones y cárceles
existentes en 1958
1-
PRESIDIO MODELO (Isla de Pinos) *
2- Cárcel
de Manzanillo
3- Prisión
de Holguín
4- Cárcel
de Camagüey
5- Cárcel
de Morón
6- Cárcel
de Remedios
7- Cárcel
de Santa Clara
8- Cárcel
de Cienfuegos
9- Prisión
de Boniato
10- Cárcel de Matanzas
11- Prisión de El Príncipe
12- Cárcel de Mujeres de Guanajay
13- Reformatorio de Menores
14- Prisión de Pinar del Río
(*)
La única prisión verdaderamente de alta seguridad que existía en esa fecha.
COMISION CUBANA DE DERECHOS HUMANOS Y RECONCILIACION NACIONAL
ANEXO II
La Habana, 11 de mayo de 2004
LISTA PARCIAL DE PRISIONES, CAMPOS DE
INTERNAMIENTO Y OTROS CENTROS DE RECLUSION EXISTENTES
EN CUBA.
Provincia de Pinar del Rio
1-
PRISION KILO CINCO Y MEDIO (*)
2-
PRISION KILO OCHO
3-
PRISION COMBINADO DE SANDINO
4-
PRISION DE TACO TACO
5-
La
Guinea
6-
La Fe
7-
Briones
Montoto
8-
La
Soledad
9-
El
Sinfín
10- El Cuajani
11- Magueyes
12- Pino Solo
13- Cayo Largo
14- La Adolfina
15- Caimital
16- El Blay
17- 20 de Mayo
18- El Caribe
19- Kilo Cuatro Carretera a San Juan
20- Mario Cejas
21- Kilo Siete Carretera a Viñales
22- La Majagua
23- Ovas
24- Granja Kilo Trece Carretera a Viñales
Isla de la Juventud
1-
PRISION EL GUAYABO
2-
Los
Colonos
3-
La
Sesenta
4-
Chacon (mujeres)
(*) En
mayúsculas las prisiones de alta seguridad.
Provincia de La Habana
1-
PRISION DE QUIVICAN
2-
PRISION DE GUANAJAY
3-
PRISION DE VOISIN
4-
PRISION DE GANUSA
5-
PRISION DE MELENA
6-
PRISION LA CONDESA (extranjeros)
7-
El
Cafetal (presuntas prostitutas)
8-
Inocencio
9-
Managuaco
10- Flor de Cuba
11- El Roble
12- Canasi
13- Amalia
14- Sabana
15- Rio seco
16- La Flora
Provincia Ciudad de La Habana
1-
PRISION COMBINADO DEL ESTE
2-
PRISION DE VALLE GRANDE
3-
PRISION EL PITIRRE
4-
PRISION DE MUJERES DE OOCIDENTE
(Manto Negro)
5-
PRISION DE TOLEDO
6-
Prisión
de Menores El Combinadito
7-
Centro
de Menores de Mulgoba
8-
San
Francisco de Paula
9-
La Lima
10- Guaicanamar
11- El Guatao
12- Villa Delicias (clasificación de presuntas
prostitutas)
13- Burbujas (El Chico)
14- Amalia
15- Campamento El Nueve
16- Campamento El Diez
Provincia de Matanzas
1-
PRISION COMBINADO DEL SUR
2-
PRISION DE AGUICA
3-
PRISION CANALETA
4-
PRISION DE LA PAULA
5-
La Fermina
6-
La
Inés
7-
Jota
Cinco (Mujeres)
8-
Cincuenta
Cincuenta
9-
Prisión
de Mujeres
10-
Centro
de Mujeres
11-
Henequenera
12-
Jota
Cuatro
13-
El
Valle
14-
Las
Marías
15-
Camarioca
Prisión de Cienfuegos
1-
PRISION DE ARIZA
2-
Vista
Alegre
3-
Maribona
4-
El
Ocho
5-
El
Brazo
6-
Lagunillas
7-
El
Diamante
8-
Caonao
9-
Horquita
10- Sopapo
11- Bocambuila
12- Juragua (cultivos varios)
13- Las Tecas
Prisión Villa Clara
1-
PRISION ALAMBRADAS DE MANACAS
|
2-
PRISION DE GUAMAJAL
3-
PRISION PROVINCIAL DE SANTA CLARA
4-
PRISION LA PENDIENTE
5-
Prisión
Motembo
6-
Prisión
de Mujeres (Guamajal)
7-
Centro
de Mujeres
8-
Las
Grimas
9-
El
Jardín (presuntas prostitutas)
10- Cuncuni
11- Cayo Bejuco
12- Ayagan
13- Sociedad
14- San Antonio
15- El Gato
Provincia de Sancti
Spiritus
1-
PRISION NIEVES DE MOREJON
2-
Panini
3-
Flor
del Campo
4-
Chambelán
5-
Valle
Azul
6-
Hornos
de Cal
7-
Prisión
de Mujeres
Provincia de Ciego de Avila
1-
PRISION DE CANALETA
2-
PRISION DE MORON
3-
Capote
4-
La
Cuba
5-
Columna
Ocho
6-
Majagua
(Columna Dos)
7-
Nadales
8-
La Veintidos
9-
Palma
Mocha
10- Pitajones
Provincia de Camaguey
1-
PRISION KILO OCHO
2-
PRISION CERAMICA ROJA
3-
PRISION KILO SIETE
4-
Prisión
de Mujeres
5-
Centro
de Menores (hembras)
6-
Centro
de Menores (varones)
7-
La
Disciplinaria
8-
El
Algarrobo
9-
Los
Mangos
10- El Anoncillo
11- Sabanilla
12- La Forestal
13- Las Marías
14- Monte Grande
15- Cayo Confites (Camalote)
16- Las Cuarenta
17- Laguna Grande
18- La Uva
19- El Tamarindo (Las Canteras)
20- Santa Maria
21- Cordero
22- Pilón Tres
23- San José
24- Limones
Provincia Las Tunas
1-
PRISION PROVINCIAL
EL TIPICO
2-
Prisión de Becerra
3-
La Palma
4-
La Veguita (presuntas prostitutas)
5-
Santa Amalia
6-
Tana
7-
Brigada Siete
8-
Barrancas
9-
La Larga
10-
Potosí
Provincia Holguin
1-
PRISION PROVINCIAL
DE HOLGUIN
2-
PRISION CUBA SI
3-
PRISION PLAYA
MANTECA
4-
Prisión Provincial de Mujeres
5-
La Ladrillera
6-
Los Naranjos
7-
La Aguada (presuntas prostitutas)
8-
Sabanilla del Norte
9-
Centro Provincial de Menores
10-
Dos Bahias
11-
Melones
12-
Pastoreo
13-
Yaguabo
14-
Pinares
15-
Santa
Ines
16-
El
Prado
17-
Jucaron
18-
Buenaventura
19-
Los Platanos
20-
Cupey
21-
Levisa
22-
La
Palma
23-
La
Comandancia
24-
Sainz
107
25-
Zapatero
(Cauto Cristo)
26-
La
Carbonera
27-
La
Palma de Melones
28-
Disciplina
Militar
Provincia Granma
1-
PRISION PROVINCIAL DE LAS MANGAS
2-
PRISION DE SAN RAMON
3-
PRISION EL TIPICO DE MANZANILLO
4-
El
Molino Rojo
5-
La Jatia
6-
Gallardo
(presuntas prostitutas)
7-
Sección
de Construcciones
8-
Los
Cocos
9-
San
Blas
10-
Monte
Histórico
11-
Centro
de Mujeres
12-
La
Granjita
13-
El
Diamante
14-
Marea
del Portillo
15-
Las
Mangas Viejas
16-
Media
Luna
Provincia de Santiago de Cuba
1-
PRISION PROVINCIAL DE SANTIAGO DE CUBA
2-
PRISION DE MAR VERDE
3-
PRISION DE AGUADORES
4-
PRISION DE MUJERES DE CIUDAMAR
5-
PRISION DE BARAGUA
6-
PRISION MOSCU
7-
Centro
de Menores
8-
San
Miguel de Paradas (presuntas prostitutas)
9-
La
Caoba
10-
El
Alambre
11-
Cuatro
Caminos
12-
El
Manguito
13-
Laguna
Blanca
14-
El Cupey
15-
La
Tulita
16-
La
Torcaza
17-
Las
Ventas
18-
El
Caguayo
19-
Caballar
20-
Los
Camilitos
21-
Cruce
de Prieto
22-
Limoncito
23-
El Meson
24-
El Tacon
25-
Bungo Cinco
Provincia de Guantánamo
1-
PRISION COMBINADO DE GUANTANAMO
2-
El
Corojo
3-
Inagua
4-
Maquei
5-
Paso
de Cuba
6-
La
Bamba
7-
Granadillo
8-
Vega
Grande
9-
Prisión
de Mujeres
10-
Majimiana
11-
Los Platanos
12-
Tres
Veredas
13-
Santa
Rosa de Sabana
14-
Tumba
La Habana (presuntas prostitutas)
15-
Cerámica
COMISION CUBANA
DE DERECHOS HUMANOS Y RECONCILIACION NACIONAL
Centros de detención
prolongada del tipo Villa Marista (cuartel general de la policía política
secreta) subordinados a la Dirección de Instrucción Penal del Ministerio del
Interior. |
1-
Instrucción Penal ------- Pinar del Rio
2-
Villa Marista ----------- Ciudad de La Habana
y La Habana
3-
100 y Aldabo ------------ Ciudad de La Habana
y La Habana
4-
Versalles
--------------- Matanzas
5-
Instrucción Penal ------- Cienfuegos
6-
Instrucción Penal ------- Santa Clara
7-
Instrucción Penal ------- Sancti
Spiritus
8-
Instrucción Penal ------- Ciego de Avila
9-
Villa Maria Luisa ------- Camaguey
10-
Instrucción
Penal ------- Las Tunas
11-
Pedernales
-------------- Holguin
12-
El
Punto ---------------- Granma
13-
Versalles --------------- Santiago de Cuba
14-
Instrucción
Penal ------- Guantánamo
|
|